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Estudiar en España siendo colombiano: visado y requisitos

Revisado con fuentes oficiales el 10 de octubre de 2026

Para estudiar en España siendo colombiano durante más de 90 días hace falta un visado de estudios. Se solicita con cita previa en el centro BLS de Bogotá y lo resuelve el Consulado General de España en Bogotá. Las personas de nacionalidad colombiana no pagan tasa por este visado. Esta guía resume lo que publica el consulado (página consultada en octubre de 2026) y los trámites académicos: apostilla, acceso a la universidad, másteres y becas.

La estancia por estudios de hasta 90 días no requiere visado de estudios. Quien vaya a cursar un doctorado no solicita este visado: el consulado indica que los doctorandos tienen la consideración de investigadores y deben pedir un visado de residencia para investigación.

Dónde y cuándo se solicita el visado de estudios

El consulado en Bogotá admite las solicitudes de quienes residen en su demarcación consular. La solicitud no se entrega en el consulado, sino en BLS Internacional (Cra 20b #77-05, local 02, Bogotá), con cita previa.

La solicitud de visado incluye también la solicitud de la autorización de estancia por estudios, que resuelve la oficina de extranjería de la provincia española donde se va a estudiar.

TrámitePlazo que indica la fuente
Solicitud del visadoDos meses antes del inicio de los estudios, salvo causa justificada
ResoluciónSegún el consulado, hasta tres meses: la autorización en España puede tardar hasta dos meses y el consulado tiene un mes para expedir el visado
Validez del visadoToda la estancia si no supera los 180 días; un máximo de 365 días si es más larga
Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)Un mes desde la entrada en España, solo para estancias de más de 180 días

El consulado recuerda que el billete de avión no es un requisito y recomienda no comprarlo hasta tener el visado. El seguimiento del trámite se hace en línea con el resguardo que entrega BLS.

Documentos que pide el consulado en Bogotá

Todos los documentos extranjeros deben presentarse legalizados o apostillados. La lista del consulado incluye:

  • Formulario de solicitud de visado nacional firmado y una fotografía reciente
  • Pasaporte con una validez mínima de un año y al menos dos páginas en blanco; no se admiten pasaportes expedidos hace más de 10 años
  • Carta de admisión del centro y prueba del pago de la matrícula. La carta debe indicar el programa, el título que se obtiene, la sede en España, las fechas de inicio y fin y si la enseñanza es presencial, híbrida o en línea
  • Prueba de medios económicos
  • Seguro de enfermedad contratado con una aseguradora autorizada a operar en España
  • Certificado de antecedentes penales, si la estancia supera los 180 días
  • Certificado médico
  • Documento que acredite la residencia en la demarcación consular

Medios económicos

La cantidad mínima equivale al 100 % del IPREM, el indicador público de renta que se fija en España. Si acompañan familiares, se añade el 75 % del IPREM por el primero y el 50 % por cada uno de los demás. La cantidad se reduce si el alojamiento está pagado por adelantado para toda la estancia.

Los medios pueden ser propios, de la familia o proceder de una beca o de un crédito para estudios; el consulado cita como ejemplos ICETEX y COLFUTURO. Quien acredita medios propios presenta los seis últimos extractos bancarios con sello del banco y la declaración de renta de los dos últimos años fiscales. El consulado no acepta certificaciones bancarias que no vayan acompañadas de los extractos. Si paga un familiar, se prueba el parentesco con registros civiles apostillados y se aporta un compromiso firmado ante notario.

Seguro, antecedentes penales y certificado médico

El seguro debe cubrir el 100 % de los gastos médicos, sin carencias, franquicias ni copago. No valen los seguros de viaje ni los de reembolso. Debe estar vigente desde el mes anterior al inicio de los estudios hasta 15 días después de su final; en estudios de más de un año basta con que cubra el primer año.

El certificado de antecedentes penales de Colombia debe ser el «certificado de antecedentes penales para fines migratorios» y estar apostillado. El certificado médico puede expedirlo un médico de medicina familiar o internista acreditado en Colombia, según el modelo del consulado.

Apostilla de los documentos colombianos

Colombia y España son parte del Convenio de La Haya sobre la apostilla. Por eso el consulado no legaliza documentos: la apostilla la pone la autoridad del país que expide el documento. Un documento colombiano apostillado se puede presentar directamente en España.

La apostilla hace falta en los documentos públicos que se entregan con el visado, como los antecedentes penales y los registros civiles. Solo se admiten originales o copias auténticas apostilladas, no fotocopias.

Estudiar en España siendo colombiano: acceso al grado

UNEDasiss, el servicio de la UNED que evalúa los expedientes de estudiantes internacionales, incluye a Colombia en el mismo grupo que los sistemas educativos de la Unión Europea. Pueden usar esta vía quienes hayan terminado los estudios secundarios preuniversitarios y cumplan los requisitos de acceso a la universidad en Colombia.

En este grupo se pide la Acreditación UNEDasiss con la Calificación de Acceso. Las Pruebas de Competencias Específicas (PCE) no son obligatorias, pero sirven para subir la nota; UNEDasiss recomienda presentarse al menos a dos. La homologación del bachiller la exige UNEDasiss a quienes vienen de fuera de la Unión Europea o de un país sin convenio, que no es el caso de Colombia.

El plazo para solicitar la acreditación se abre el 4 de febrero y se cierra el 1 de diciembre de cada año. Cada universidad fija sus criterios de admisión; conviene consultarlos antes de elegir entre las universidades de España.

Máster y homologación de títulos colombianos

Para un máster universitario no hace falta homologar el título colombiano. El Real Decreto 822/2021 permite el acceso con títulos de fuera del Espacio Europeo de Educación Superior que equivalgan al grado. La universidad comprueba el nivel de formación, y el título debe permitir en Colombia el acceso a estudios de posgrado.

La homologación solo es necesaria para ejercer en España una profesión regulada. Para otros fines existe la declaración de equivalencia a un nivel académico de grado o máster, que no habilita para ejercer una profesión regulada. Ambos trámites están en el Real Decreto 889/2022. La oferta está en la lista de centros de educación superior en España.

Becas abiertas a colombianos

La Fundación Carolina dirige sus becas a personas nacionales de países de América Latina miembros de la Comunidad Iberoamericana de Naciones. En la convocatoria 2026-2027 ofreció 736 becas, de ellas 228 de posgrado. El plazo de las becas de posgrado fue del 12 de enero al 2 de marzo de 2026, y el de doctorado terminó el 9 de abril.

En Colombia, el consulado acepta como prueba de medios económicos las becas y los créditos para estudios de entidades como ICETEX y COLFUTURO. Hay más opciones en la sección de becas.

Pasos y comprobaciones

  • Pedir la admisión (para un grado, con la Acreditación UNEDasiss) y pagar la matrícula
  • Pedir una carta de admisión con los datos que exige el consulado
  • Apostillar en Colombia los documentos públicos y académicos
  • Contratar el seguro de enfermedad para todo el periodo, incluido el mes anterior y los 15 días posteriores
  • Pedir cita en BLS Bogotá dos meses antes del inicio de los estudios
  • Solicitar la TIE en el plazo de un mes desde la entrada, si la estancia supera los 180 días

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el visado de estudios para un colombiano?

Nada: el consulado en Bogotá indica que los ciudadanos colombianos están exentos del pago de la tasa en este tipo de visado.

¿Cuánto tarda el visado de estudios en Bogotá?

El consulado advierte de que la resolución puede extenderse hasta tres meses, porque interviene también la oficina de extranjería en España. Pide solicitarlo con dos meses de antelación.

¿Se puede trabajar en España con la estancia por estudios?

Sí en el caso de estudios superiores. El Reglamento de Extranjería autoriza a trabajar por cuenta propia y ajena sin otro trámite, siempre que sea compatible con los estudios, con un límite general de treinta horas semanales.

¿Puede acompañar la familia al estudiante?

Solo a quien tiene un visado de estudios superiores o de formación sanitaria especializada. El consulado no tramita esas solicitudes hasta que el estudiante tiene su resolución favorable.